Director de Cohen Sociedad de Bolsa.
Para estos casos, existe una herramienta sencilla y eficaz para resolver muchos
de los problemas financieros: la Sociedad de Garantías Recíprocas (SGR).
Una SGR es un tipo de sociedad comercial que requiere, en principio, dos tipos
de socios: los llamados "protectores" (normalmente, unidades económicas con
excedente disponible de capital dinerario) y los denominados "partícipes"
(generalmente, pequeñas y medianas empresas con dificultades de acceso al
mercado bancario y/o al mercado de capitales).
Los socios "protectores" realizan un aporte de capital para constituir un fondo
de riesgo, desde el cual los administradores de la SGR cubren las garantías y
avales otorgados a los socios "partícipes".
De esta forma, las PyMES pueden pedir un préstamo bancario, presentando como
garantía el aval de la SGR. Esta garantía podrá ser utilizada para negociar un
cheque en la Bolsa de Comercio, emitir una obligación negociable, avalar una
solicitud de otorgamiento de un Leasing, garantizar un flujo de fondos para dar
en fideicomiso, etc. Es decir, el aval de una SGR facilita el acceso de la
pequeña o mediana empresa a las diversas alternativas de financiamiento
disponibles en el mercado.
La efectividad del mecanismo es muy simple de percibir: si la pequeña o mediana
empresa no paga el crédito (o el leasing o el fideicomiso emitido, etc.), la SGR
se encargará de saldar la deuda.
Ahora bien, ¿por qué motivo estas unidades económicas con excedente de capital
disponible (llamado "liquidez excedentaria") tienen interés material de hacer
aportes a una SGR? ¿Por qué arriesgar su capital poniéndolo como garantía de,
por ejemplo, un préstamo solicitado por una PyME?
En primer lugar, un importante incentivo radica en que la ley de creación de las
SGR asegura a los socios protectores la desgravación del impuesto a las
ganancias, a condición de sostener su aporte al Fondo de Riesgo por un mínimo de
dos años.
En segundo lugar, la SGR no presta gratuitamente este servicio. El otorgamiento
del aval tiene un costo para la empresa que lo solicita.
Sin embargo, este costo puede ser asumido por las PyMES porque los beneficios
son de corto plazo y muy tangibles: o porque la empresa necesita el aval para
una determinada operación, la expansión o profundización de un negocio o porque
con ese aval se obtiene una mejor condición (menor tasa en un préstamo, mayor
plazo, más rapidez para su obtención, etc.).
De esta forma, la SGR se posiciona como un eficaz intermediario financiero para
negociar (en representación de las PyMES partícipes) mejores condiciones
crediticias en cuanto a costo y plazos.
Ahora bien, ¿qué tiene que hacer una PyME para participar y hacer uso del
servicio que la SGR ofrece?
La principal acción consiste en presentarse en alguna SGR, plantear sus
necesidades y solicitar una calificación. Habitualmente ésta consiste en una pre-evaluación
de sus condiciones económicas y financieras para ser sujeto de crédito (en la
pre-evaluación suele exigirse la normalización de la situación impositiva y
previsional).
Si la solicitud es aprobada y la empresa acepta las condiciones y líneas
ofrecidas suscribiendo el contrato respectivo, puede comenzar a disponer de los
avales y garantías hasta el monto prefijado.
En definitiva, las SGR son un instrumento esencial para el despliegue de las
PyMES al mejorar su capacidad de negociación frente al sistema financiero y
mitigar los requerimientos de garantías.
De esta forma, las pequeñas empresas reducen los costos financieros de sus
proyectos de inversión y hasta pueden disponer de asistencia técnica para el
armado y evaluación de los proyectos de inversión, asesorías de gestión,
asistencia técnica para el ordenamiento de su proceso de trabajo, o colaboración
profesional para el registro, la contabilidad y el control de sus operaciones.